[vc_row type=»in_container» full_screen_row_position=»middle» scene_position=»center» text_color=»dark» text_align=»left» overlay_strength=»0.3″ shape_divider_position=»bottom» bg_image_animation=»none»][vc_column column_padding=»no-extra-padding» column_padding_position=»all» background_color_opacity=»1″ background_hover_color_opacity=»1″ column_link_target=»_self» column_shadow=»none» column_border_radius=»none» width=»1/1″ tablet_width_inherit=»default» tablet_text_alignment=»default» phone_text_alignment=»default» column_border_width=»none» column_border_style=»solid» bg_image_animation=»none»][vc_column_text]Hace ahora dos años, dedicábamos estas mismas líneas a los procesos de modificación de la capacidad jurídica o incapacitación judicial, procesos favorecidos por el ordenamiento jurídico actual en nuestro país, que ha entendido históricamente la discapacidad desde un enfoque proteccionista y restrictivo de derechos centrado en las deficiencias de estas personas. El motivo de aquella editorial fue la aprobación por parte del Gobierno de un proyecto de ley para eliminar la incapacitación judicial de nuestro marco legal.

Transcurrido este tiempo, nos centramos de nuevo en el tema por la reciente aprobación en el Congreso de los Diputados del proyecto de ley que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, cuestión que supone un avance fundamental en todo este trámite. Ahora solo queda la última revisión del texto en el Senado antes de ser aprobado como ley para su entrada en vigor.

Entidades como el CERMI, Plena inclusión o la propia Asociación Española de Fundaciones Tutelares, han subrayado la trascendencia de esta reforma en la vida de miles de personas con discapacidad, pues acabará por fin con la injusticia histórica para estas personas, sobre las que actualmente la ley dispone figuras de sustitución en la toma de decisiones contrarias a la Constitución española y a la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Se pretende, por tanto, avanzar en la inclusión de las personas con discapacidad mediante su capacidad de decisión: la ley eliminará figuras como la tutela, la patria protestad prorrogada y rehabilitada, sustituyendo la incapacitación por un procedimiento de provisión de apoyos. Parece que será la curatela sin incapacitación previa la figura central, con fines de asistencia o acompañamiento en lugar de representación. Estos apoyos englobarán, según un texto explicativo del Gobierno, “desde la ayuda técnica en la comunicación de declaraciones de voluntad o la ruptura de barreras arquitectónicas hasta la representación o sustitución en la toma de decisiones, únicamente cuando el apoyo no pueda darse de otro modo”.

Cristina Paredero, activista con TEA y representante de la Junta directiva de Plena inclusión, afirma al respecto que “este nuevo enfoque marca un antes y un después en el respeto a nuestra voluntad y preferencias, así como de cara al fomento de la autonomía y autodeterminación de las personas con discapacidad, frente a la situación anterior en la que se sustituía nuestra toma de decisiones”.

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